Llegamos a la tercera fase de la Reforma Laboral de 2019, y las juntas de conciliación y arbitraje locales dejaron de recibir casos individuales y colectivos y comenzaron a operar los tribunales en la materia en la Ciudad de México, Jalisco, Michoacán, Chihuahua, Coahuila, Durango, Nayarit, Nuevo León, Sinaloa, Sonora, Tamaulipas y Yucatán.
A partir del tres de octubre, todas las Juntas de Conciliación federales y locales cerraron sus puertas tras 95 años de ser los encargados de la justicia laboral en México.
¿Cómo se va a enfrentar el reto de la tercera etapa de la implementación de la Reforma Laboral en estos estados?
Esta reforma busca privilegiar los principios procesales de oralidad, inmediación, continuidad y publicidad.
Con la apertura de los Tribunales Laborales federales y locales que dependen del Poder Judicial, nace una etapa de conciliación prejudicial, la cual será obligatoria y deberá desahogarse previo juicio para buscar una conciliación.
La Reforma Laboral contempla que los trabajadores tendrán mejores beneficios en diversos aspectos, dentro de los cuales destacan 3 fundamentales:
1.- La etapa de conciliación obligatoria y prejudicial, en la que las partes pueden presentar una solicitud de conciliación que permita resolver sus diferencias previo a un juicio. Si las partes están de acuerdo con la propuesta conciliatoria, procederán a la celebración de convenio por escrito.
2.- Los Tribunales Laborales pertenecientes al Poder Judicial de la Federación, tienen la facultad de resolver los conflictos que se deriven de las relaciones de trabajo.
3.- La protección y tutela de sindicato, en el que se resguardan los derechos que tiene una persona que por representar a un grupo de trabajadores se ve expuesto a perder su empleo, ser suspendido o sancionado, a que le cambien el lugar de trabajo o a que exhiban sus contratos laborales.
En total son 151 Centros de Conciliación, con 802 conciliadores y 148 Tribunales Laborales con 317 jueces en operación.
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Fuente: Diario Oficial de la Federación